Embajada del Uruguay en Brasil










Mercado de Valores

    Durante 1996 se concreta un marco normativo relevante en el mercado local debido a que se aprueba un nuevo marco regulatorio del mercado de valores. En efecto, se aprueba la Ley del Mercado de Valores y Obligaciones Negociables (Ley Nº 16.749 del 30.05.96), su decreto reglamentario (Dec. 344/96) y la Circular Nº 1.534 (11.10.96) del Banco Central al respecto. Asimismo, se aprobó la Ley de Fondos de Inversión (Ley Nº 16.774 del 27.09.96) que no tendrá Decreto Reglamentario pero sí normas del Banco Central que se están preparando.

    Por otra parte, se encuentra a estudio el proyecto de Ley de Securitización que será enviado al Parlamento en 1997.

    Este nuevo marco normativo contempla con los acuerdos de Mercosur que Uruguay ha firmado en Ouro Preto y Colonia, y permite que el mercado local tenga niveles de regulación y reglas de juego similares a otros países que han desarrollado sus mercado de valores.

    A partir de las leyes citadas, se asignan al Banco Central del Uruguay nuevas competencias y atribuciones. El Banco es la entidad reguladora del mercado de valores y tiene como cometidos velar por la transparencia, competitividad y buen funcionamiento del mercado, así como asegurar la adecuada información. Para ello tiene competencias de reglamentación y fiscalización de cumplimiento de las normas, así como la aplicación de sanciones de ser necesario. Asimismo, realiza la supervisión del funcionamiento de las bolsas de valores y de los intermediarios y diversos agentes intervinientes en el mercado.

    Para el cumplimiento de estos cometidos, el Banco Central del Uruguay posee un sector específico -Area Mercado de Valores- donde está radicado el Registro de Valores. Este registro es público y en él se inscriben todas las emisiones de oferta pública de valores, con la única excepción de los valores públicos y los emitidos por los Gobiernos Departamentales que poseen un régimen especial.

    En el Area Mercado de Valores también se lleva adelante el relacionamiento con entidades reguladoras similares de la región y del mundo. Participa en las comisiones del Sub-Grupo de Trabajo Nº 4 del Mercosur, así como en las reuniones de la organización que nuclea a las entidades reguladoras del continente -COSRA, Council of Securities Regulators of the Americas)- y del mundo -IOSCO, International Organization of Securities Commissions.